Proyecto de decreto por el que se adiciona el párrafo 34 al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de permisos por luto, por cinco días con goce de sueldo.
La Senadora Alejandra Berenice Arias Trevilla: Muchísimas gracias, presidente.
Buenos días a todas y a todos.
Queridas Senadoras, estimados Senadores, con su venia.
Me presento ante esta Honorable Asamblea para abordar un tema que sobrepasa la esfera política y que en su esencia más pura trastoca a lo más humano de nuestra existencia: La pérdida de un ser querido.
El fallecimiento de un familiar no representa únicamente la pérdida física de una persona, sino que desencadena un proceso emocional, que en muchas ocasiones llega a impactar profundamente a la salud física y mental.
Cuando un padre, una madre, un hijo o una hija trascienden de este plano terrenal, el vacío que deja su ausencia es algo difícil de afrontar, cada relación es única y, por lo tanto, el dolor que sentimos es igualmente singular; podemos pasar desde la tristeza y la confusión, hasta la ira y, en ocasiones, la culpa, siendo el duelo semejante a una Montaña Rusa de emociones que puede desgastar y afectar nuestro bienestar individual.
La Organización Mundial de la Salud nos recuerda que la salud mental es un estado de bienestar que permite a las personas hacer frente a los momentos de estrés de la vida, desarrollar todas sus habilidades, aprender y trabajar adecuadamente e integrarse en su entorno, teniendo la misma un valor intrínseco y fundamental que forma parte de nuestro bienestar general.
Cabe destacar que algunos países alrededor del mundo han establecido normativas que otorgan licencias de luto con goce de sueldo a sus trabajadores, permitiéndoles, de este modo, contar con el tiempo necesario para procesar su pérdida y comenzar su proceso de sanación.
España, Argentina, Francia, Colombia y Perú son ejemplos claros de cómo la empatía puede transformarse en acción legislativa.
A diferencia de los ejemplos anteriores, nuestro México, una nación rica en valores como el humanismo y la solidaridad, aún no cuenta con un marco legal que garantice este derecho fundamental, la ausencia de permisos por luto refleja una clara desconexión entre el espíritu solidario de nuestra cultura mexicana y las normativas laborales actuales. La lucha por este derecho no es solo una cuestión de legislación, es un llamado a la humanidad.
Por lo anterior, es que presento ante ustedes esta iniciativa, la cual busca adicionar el párrafo trigésimo cuarto al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo otorgando un permiso de luto de cinco días hábiles, con goce de sueldo, a las y los trabajadores en caso de fallecimiento, de su padre, madre, hija e hijo, cónyuge o concubina y concubino fortaleciendo de este modo el tejido social de nuestra nación.
Recordemos que el sentido de humanidad de nuestro país y de nosotros mismos se mide, en gran manera, de cómo tratamos a nuestros semejantes en los momentos más difíciles de la vida. Esta iniciativa nos convoca a unir nuestras voces y esfuerzos para avanzar a un Estado de derecho más justo, humano, pero, sobre todo, solidario.
Muchas gracias.