Gaceta Parlamentaria

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Martes 09 de mayo de 2017 / LXIII/2SPR-3-2087/71097

Iniciativas de Ciudadanos Legisladores

Estado Actual: Cámara de Diputados Ficha Técnica

De la Dip. Ma. Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 390 del Código Penal Federal.

SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE JUSTICIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.

Sinopsis:
Propone incrementar la pena hasta en una mitad a quienes extorsionen a grupos vulnerables como: personas con capacidades diferentes, mujeres embarazadas, indígenas, menores de edad, y adultos mayores. Y para el caso de servidor o ex-servidor público y al miembro o ex-miembro de alguna corporación policial, además de la pena prevista por el delito de extorsión se le inhabilitará de uno a veinte años para desempeñar cualquier cargo, comisión o empleo públicos
Sinopsis en Ingles:
SYNOPSIS: It proposes to increase the punishment by up to one half to those who extort vulnerable groups such as: people with disabilities, pregnant women, indigenous people, minors, and the elderly. And in the case of server or former public servant and member or former member of a police corporation, in addition to the penalty provided for the crime of extortion will be disabled from one to twenty years to perform any public office, commission or employment.

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 390 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, EN MATERIA DE EXTORSIÓN, PROPUESTA POR LA DIPUTADA MA. VICTORIA MERCADO SÁNCHEZ.

La suscrita Diputada Ma. Victoria Mercado Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIII Legislatura, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en atención 55, fracción II, 56, 62 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es de someter a consideración de este pleno iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Código Penal Federal, para lo cual presento la siguiente:

CONSIDERACIONES

De conformidad con el diccionario de la Real Academia Española, encontramos dos definiciones referentes a la extorsión:

  1. “Amenaza de pública difamación o daño semejante que se hace contra alguien, a fin de obtener de él dinero u otro provecho.
  2. Presión que, mediante amenazas, se ejerce sobre alguien para obligarle a obrar en determinado sentido”. [*] 

En el ámbito jurídico, la extorsión es un delito que consistente en obligar a una persona, a través de la utilización de violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico con ánimo de lucro y con la intención de producir un perjuicio de carácter patrimonial del sujeto pasivo o de un tercero. [*]

En diferentes ciudades de nuestro país, se comete el delito de extorsión, mismo que  se ha extendido significativamente, afectando la tranquilidad, seguridad y patrimonio de miles de personas cada año. De acuerdo con nuestro Código Penal Federal en su Capítulo III BIS, Artículo 390 menciona lo siguiente:

Artículo 390.- Al que sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa.

Las penas se aumentarán hasta un tanto más si el constreñimiento se realiza por una asociación delictuoso, o por servidor público o ex-servidor público, o por miembro o ex-miembro de alguna corporación policial o de las Fuerzas Armadas Mexicanas. En este caso, se impondrá además al servidor o ex-servidor público y al miembro o ex-miembro de alguna corporación policial, la destitución del empleo, cargo o comisión y la inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar cargo o comisión público, y si se tratare de un miembro de las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro, de reserva o en activo, la baja definitiva de la Fuerza Armada a que pertenezca y se le inhabilitará de uno a cinco años para desempeñar cargos o comisión públicos”. [*]

Actualmente, existen diversos tipos de extorsión, sin embargo, destacan la directa y la indirecta:

  • “La directa se realiza cuando el extorsionador llega a la oficina de la víctima y al estar en su presencia le muestra una foto su familia tomada el mismo día, ahí afirma tenerlos secuestrados y exige dinero; la indirecta ocurre cuando la víctima recibe una llamada a cambio de no hacerle daño o su familia.
  • La indirecta tiene un creciente impacto, el INEGI señala que es uno de los delitos que más creció en fechas recientes así como el homicidio y el secuestro. El Consejo Ciudadano de la Ciudad de México halló que hay más de 105 mil números telefónicos desde donde se hicieron intentos de extorsión, por ello el trabajo en la materia es apremiante”. [*] 

De acuerdo con el reporte trimestral realizado por la Asociación Civil Semáforo Delictivo, refirió que el delito de extorsión aumentó, 30%, en relación al año 2016, la cifra trimestral de 2016 fue de mil 473 y la de 2017, alcanzó mil 137; endonde el Estado de México encabeza con 250 casos; seguido de Nuevo Léon con 172; Jalisco, 159; Veracruz, 133, y Ciudad de México, 121. [*]

De igual forma, la presidenta de la Cámara Nacional de Comercio en Pequeño (CANACOPE) en la Ciudad de México, Ada Irma Cruz mencionó que los negocios más vulnerables ante este delito son los pequeños y medianos negocios, debido a la facilidad con la que son emprendidos. [*]

El delito de extorsión es uno de los delitos de más alto impacto queha incrementado en nuestro país, ya que en los últimos años, entre los homicidios y el secuestro, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) es el segundo delito que se reporta con mayor frecuencia en el país, solo por debajo del robo o asalto en la calle o en el transporte público. [*]

Por otro lado, me gustaría enfatizar el incremento de penas a quienes extorsionen a grupos vulnerables como: personas con capacidades diferentes, mujeres embarazadas, indígenas, menores de edad, y adultos mayores, consideramos que es necesario se incluyan en un apartado distinto al del articulado actual y se aumente la pena hasta en una mitad, por ser las más vulnerables ante estos actos.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a consideración de esta asamblea la siguiente:

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 390 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, EN MATERIA DE EXTORSIÓN, PROPUESTA POR LA DIPUTADA MA. VICTORIA MERCADO SÁNCHEZ.

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el artículo 390, del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Extorsión.

Artículo 390.- Al que sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa.

Las penas se aumentarán hasta un tanto más si el constreñimiento se realiza por una asociación delictuoso, o por servidor público o ex-servidor público, o por miembro o ex-miembro de alguna corporación policial o de las Fuerzas Armadas Mexicanas. En este caso, se impondrá además al servidor o ex-servidor público y al miembro o ex-miembro de alguna corporación policial, la destitución del empleo, cargo o comisión yse le inhabilitará de uno a veinte años para desempeñar cualquier cargo, comisión o empleo públicos, y si se tratare de un miembro de las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro, de reserva o en activo, la baja definitiva de la Fuerza Armada a que pertenezca y se le inhabilitará de uno a cinco años para desempeñar cargos o comisión públicos.

A quienes extorsionen a grupos vulnerables como: personas con capacidades diferentes, mujeres embarazadas, indígenas, menores de edad, y adultos mayores, se incrementará la pena hasta en una mitad.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro a los 27días del mes de abril del 2017.

ATENTAMENTE

DIPUTADA MA. VICTORIA MERCADO SANCHEZ


[*] Definición jurídica de Extorsión. http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUMjM0sjtbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoA_le7yTUAAAA=WKE

[*] Definición jurídica de Extorsión. http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTA
AAUMjM0sjtbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoA_le7yTUAAAA=WKE

[*]Código Penal Federal. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_070417.pdf

[*] La extorsión en México. http://terceravia.mx/2017/02/la-extorsion-en-mexico/

[*]Robo a negocio y extorsiones suben en México, revela Semáforo Delictivo. https://www.publimetro.com.mx/mx/noticias/2017/04/25/robo-negocio-extorsiones-suben-mexico-revela-semaforo-delictivo.html

[*]Robo a negocio y extorsiones suben en México, revela Semáforo Delictivo. https://www.publimetro.com.mx/mx/noticias/2017/04/25/robo-negocio-extorsiones-suben-mexico-revela-semaforo-delictivo.html

[*] Extorsión, uno de los delitos de alto impacto que mas aumenta en México. http://expansion.mx/nacional/2013/10/11/la-extorsion-uno-de-los-delitos-de-alto-impacto-que-mas-aumenta-en-mexico