Estado Actual: Pendiente | Ficha Técnica |
Del Sen. Salomón Jara Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Morena, con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
SE TURNó A LAS COMISIONES UNIDAS DE PUNTOS CONSTITUCIONALES; DE ANTICORRUPCIóN, TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIóN CIUDADANA; Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.
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Tiene como propósito establecer que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, podrá ser acusado por traición a la patria, violación a la Constitución, delitos contra la humanidad, así como por actos de corrupción o por cualquiera de los delitos electorales vigentes, debidamente comprobados por la autoridad competente en la materia. Propone que para el caso de los delitos contra la humanidad se acatarán los principios en materia de responsabilidad internacional penal, así como las demás disposiciones jurídicas aplicables de acuerdo a los instrumentos internacionales adoptados por el Estado Mexicano.