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Gaceta del Senado

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Miércoles 14 de julio de 2004 / Gaceta: LIX/1SPR-11/2046

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Proposiciones de Ciudadanos Legisladores

Del Dip. Joel Padilla Peña, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la que contiene punto de acuerdo para solicitar la comparecencia del Secretario Ejecutivo del IPAB.

SE TURNO A LA TERCERA COMISIÓN.

Dip. Joel Padilla Peña
Palacio Legislativo
Edificio B, Nivel 1
Tels. 53.45.30.00
Exts 1843, 3235
joel.padilla@congreso.gob.mx


Con el permiso de la presidencia

Compañeras y compañeros legisladores

Los resultados del informe Mackey de 1999 fueron contundentes en muchos de sus resultados.

En primer lugar, señaló que no era una auditoría lo que entregaba a la Cámara de Diputados, sino un informe, porque los bancos se negaron a entregarle la información financiera que requería su trabajo de auditor.

Luego estableció de forma categórica, que una parte sustancial de los créditos reportados por los bancos eran irregulares, al no tener soporte técnico de que hubiesen sido otorgados a empresas o personas, como lo pretendían aparecer los banqueros.

Entre los créditos irregulares reportados en el dicho informe se encuentran los relacionados con el Programa de Capitalización y Compra de Cartera que asumió el FOBAPROA.

Sin embargo, la Ley del IPAB establece claramente en su artículo quinto transitorio que el FOBAPROA debe permanecer en operación únicamente para administrar las operaciones de este Programa de Capitalización y Compra de Cartera.


También establece en su artículo séptimo transitorio de que deben concluir las auditorías ordenadas por la Cámara de Diputados para que al cancelar estos pagarés FOBAPROA, el IPAB pueda emitir nuevos instrumentos de pago y asumir la parte de esa deuda que demuestre ser legal.

Esto último no se ha realizado. La Auditoría Superior de la Federación auditó los créditos reportados en este Programa y estableció que eran irregulares prácticamente en su totalidad y que no debían ser asumidos por el IPAB.

También recomendó a la Junta de Gobierno del IPAB a realizar las auditorías correspondientes a los bancos beneficiados con el citado Programa de Capitalización y Compra de Cartera.

El IPAB acató la recomendación y giró los oficios respectivos a las instituciones bancarias involucradas y la respuesta de los banqueros fue promover un juicio de amparo contra esta disposición.

Asimismo, el IPAB comunicó a los bancos participantes del citado Programa los acuerdos de sus sesiones 34 y 37 del 14 de mayo y 23 de agosto de 2002, sobre la obligación de la realización de revisiones de gestión, identidad, objeto, existencia y legitimidad, como requisito para proceder al canje de los pagarés.

Para no variar, los banqueros se volvieron a amparar en contra de estos acuerdos.

El Juez Noveno de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal, dictó sentencia favorable a los bancos promoventes.

Les concedió un amparo respecto de las revisiones de identidad, objeto, existencia y legitimidad, así como de la revisión de los papeles de trabajo, pero no con respecto a la revisión de gestión, que estimó tiene fundamento en los incisos b) y c) del artículo quinto transitorio de la Ley del IPAB.

El pasado primero de junio del presente año se anunció que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerció su facultad de atracción, respecto del recurso de revisión interpuesto en un juicio de amparo promovido por los bancos.

La propia Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó el pasado 13 de agosto de 2003, un punto de acuerdo para exhortar al IPAB a que convoque a los dueños de Banamex, BBVA-Bancomer, Bital y Banorte para que cumplan con la auditoría que se establece en el citado quinto transitorio de la Ley del IPAB y se pueda transparentar y reducir la carga fiscal de este Programa.

Compañeras y compañeros diputados

Si de aplicación de la ley se trata, para los banqueros no hay ley que valga. Sólo valen las leyes que convienen a sus intereses.

Hoy han encontrado el apoyo decidido de los funcionarios del IPAB y de la Secretaría de Hacienda.

Mediante argucias carentes de validez legal pretenden transformar los pasivos del Programa de Capitalización y Compra de Cartera, que representa la suma de más de 223 mil millones de pesos, en deuda avalada por el IPAB, sin cumplir con lo dispuesto en el artículo quinto transitorio de su Ley.

En estas circunstancias, el Grupo Parlamentario del Trabajo no puede quedarse callado y permitir una vez más las corruptelas de banqueros y funcionarios del IPAB.

Para nosotros es necesario que de una vez por todas, se transparente y finiquite este rescate plagado de corrupción e irregularidades. Para ello es necesario que se hagan las auditorías que se disponen en el artículo quinto transitorio de la Ley del IPAB.

Por las consideraciones expuestas y con fundamento en lo que se establece en el artículo 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo.

Artículo único.- Se apruebe la comparecencia ante el Pleno de esta Comisión Permanente del Secretario Ejecutivo del Instituto de Protección al Ahorro Bancario, para que explique los fundamentos legales en los que dicho Instituto se está basando para asumir los pagarés FABAPROA que avalan el costo del Programa de Capitalización y Compra de Cartera de las instituciones financieras como Banamex, BBVA-Bancomer, Bital hoy HSBC y Banorte.

Dado en el Salón de Sesiones de la H. Comisión Permanente, a los 14 días del mes de julio de 2004.

A t e n t a m e n t e

Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo


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