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No. 2
Año 2004
Miércoles 12 de Mayo1° Año de Ejercicio.
Segundo Receso
Comisión Permanente  
    
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Del Dip. Jesús Martínez Alvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, la que contiene punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal a que informe acerca de las gestiones realizadas con relación al Tratado sobre la Delimitación de la Plataforma Continental en la región occidental del Golfo de México más allá de las 200 millas náuticas.

SE TURNO A LA SEGUNDA COMISIÓN.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez
Palacio Legislativo
Edificio A, Nivel Bas.
Tels. 53.45.30.00
Exts 1350, 1735, 2184
emilio.martinez@congreso.gob.mx

Palacio Legislativo, México, D. F., a 12 de mayo de 2004.

PROPUESTA CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES A QUE PROPORCIONE A ESTA SOBERANÍA, INFORMACIÓN ACTUALIZADA ACERCA DE LAS GESTIONES REALIZADAS A LA FECHA POR EL GOBIERNO DE MÉXICO, CON RELACIÓN AL TRATADO SOBRE LA DELIMITACIÓN DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL EN LA REGIÓN OCCIDENTAL DEL GOLFO DE MÉXICO MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS NÁUTICAS.

El que suscribe, diputado Jesús Martínez Álvarez del Grupo Parlamentario de Convergencia, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta soberanía la siguiente propuesta con Punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes consideraciones:

El 9 de junio de 2000, el Gobierno Mexicano firmó un Tratado de límites con el vecino país del norte, para delimitar la plataforma continental de una zona, situada en el centro del Golfo de México, conocida como "hoyo de dona", dicho Tratado se denomina "Tratado sobre la Delimitación de la Plataforma Continental en la Región Occidental del Golfo de México más allá de las 200 Millas Náuticas."

Como sabemos, este Tratado delimita un polígono conocido como "hoyo de dona", en la plataforma continental de aproximadamente 17 mil kilómetros cuadrados en la región occidental del Golfo de México. De esta superficie corresponde a nuestro país el 60.36% y a Estados Unidos el 39.64%.

Dicho instrumento justifica su necesidad al señalar que "Tomando en cuenta la posibilidad de que podrían existir yacimientos de petróleo o de gas natural que se extiendan a través del límite de la plataforma continental, y que a tales circunstancias, es necesaria la cooperación y las consultas periódicas entre las partes con el fin de proteger sus respectivos intereses..."

En virtud de lo anterior se acuerda que durante un periodo de diez años contados a partir del inicio de la vigencia del Tratado, "...no se autorizarán ni se permitirán la perforación o la explotación petrolera o de gas natural en la plataforma continental dentro de una milla náutica, cuatro décimas (1.4, o sea aproximadamente 2.6 kilómetros) del límite establecido en el artículo I..", es decir, un total de 2.8 millas considerando ambos lados de la frontera. No es irrelevante el hecho de que este plazo pude acortarse o alargarse, según estipula el párrafo 3 del artículo cuarto del Tratado.

También se establece que las partes facilitarán conforme a sus leyes y reglamentos la realización de estudios que ayuden a determinar la presencia y distribución de los yacimientos transfronterizos, que a medida que se genere información las partes se reunirán "...periódicamente con el fin de identificar, localizar y determinar las características geológicas y geofísicas de dichos yacimientos." Y que se buscará llegar a un acuerdo para la eficiente y equitativa explotación de los yacimientos transfronterizos.

La firma de este documento y su ratificación no son suficientes, puesto que aún está pendiente mucho por hacer por parte de ambos países. Es importante a partir de este Tratado, que avances hemos concretado a la fecha, gracias a este instrumento internacional. Ambos gobiernos deben contar con sendos grupos de trabajo dedicados a perfilar una negociación de beneficio mutuo relativa a la explotación de los recursos naturales con que cuenta esta región fronteriza. El gobierno mexicano tiene el reto particular de lograr que se establezcan mecanismos de control y verificación suficientes para que se cumpla en los hechos con los términos de un Acuerdo de esta magnitud.

Recordemos que Estados Unidos aplica "el derecho de captura", es decir, "primero en tiempo, primero en derecho", para la explotación de recursos naturales; por lo que, con excepción del tramo que protege el Tratado, puede licitar en cualquier momento zonas limítrofes y extraer, con la llamada "técnica del popote", los recursos que se localicen del lado mexicano de los yacimientos transfronterizos.

Debemos tomar conciencia de que el petróleo mexicano que existe a lo largo de las fronteras marítimas del país está en peligro de perderse, si no se toman medidas oportunas y adecuadas. No podemos esperar a que llegue el 16 de enero de 2011 para empezar a preocuparnos, y más que preocuparnos, ocuparnos sobre qué hacer con el petróleo mexicano cuya explotación transfronteriza lo pone en evidente riesgo y a nosotros en desventaja con nuestro vecino país del norte.

Recientemente, en noviembre de 2003, la prensa mexicana dio cuenta de las declaraciones del titular de la Secretaría de Energía, Felipe Calderón Hinojosa, en el sentido de que se estaba evaluando la posibilidad de llegar a un acuerdo con Estados Unidos para explotar petróleo del "Hoyo de la Dona", en el Golfo de México y que para ello acudió a Washington donde se acordó la creación de una Comisión Intersecretarial que intercambiará información entre ambos países, tal y como establece de origen este instrumento.

Es indispensable conocer los avances que en materia de este Tratado fundamental para México hemos alcanzado, con la idea de dar seguimiento y poder evaluar las condiciones en que se encuentra éste delicado ámbito de la relación bilateral entre México y Estados Unidos.

Por lo anterior es que la Fracción Parlamentaria de Convergencia presenta el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

Único.- Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que proporcione a esta soberanía, información actualizada acerca de las gestiones realizadas a la fecha a favor del gobierno de México, con relación al Tratado sobre la Delimitación de la Plataforma Continental en la Región Occidental del Golfo de México más allá de las 200 Millas Náuticas, buscando aclarar, entre otros los siguientes cuestinamientos:

Uno.- ¿Qué solicitudes ha recibido el Gobierno de México por parte del de los Estados Unidos, para autorizar estudios geológicos y geofísicos para determinar la posible existencia de yacimientos transfronterizos y cuáles han sido los resultados de los estudios realizados?

Dos.- ¿Qué estudios ha realizado el Gobierno de México para determinar la posible existencia de yacimientos transfronterizos y cuáles han sido los resultados de los estudios realizados?

Tres.- ¿Qué información geológica y geofísica han compartido los gobiernos de los Estados Unidos y de México, a fin de poder determinar la posible existencia y ubicación de yacimientos transfronterizos?

Cuatro.- ¿Qué posibles yacimientos transfronterizos han sido notificados por parte del gobierno de los Estados Unidos al de México y viceversa?

Cinco.- ¿Cuántas reuniones han tenido los representantes de ambos gobiernos con el fin de identificar, localizar y determinar las características geológicas y geofísicas de los posibles yacimientos, y cuál ha sido el resultado de cada una?

Seis.- ¿Qué avances se tienen a la fecha para llegar a un acuerdo con el gobierno de los Estados Unidos para la eficiente y equitativa explotación de los yacimientos transfronterizos?

Siete.- ¿Qué consultas se han llevado a cabo entre los gobiernos de los Estados Unidos y el de México en relación con la interpretación y ejecución d e este Tratado?

Ocho.- Según lo declarado en noviembre del año 2003 por el Secretario de Energía, Lic. Felipe Calderón Hinojosa ¿Cuáles son los términos sobre los que se estaba evaluando la posibilidad de llegar a un acuerdo con Estados Unidos para explotar petróleo del "Hoyo de la Dona"?,

Nueve.- ¿Quién integra la comisión intersecretarial a que se refirió el Secretario Calderón en noviembre de 2003?; ¿Qué gestiones ha realizado a la fecha? y ¿Qué resultados ha tenido dicha Comisión?


DIP. JESÚS MARTÍNEZ ÁLVAREZ,
COORDINADOR
GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA




Nota: Con fundamento en Las Reglas Provisionales en Relación con la Gaceta del Senado de la Junta de Coordinación Política de fecha 11 de octubre del año 2006, por el que se crea la Gaceta del Senado y con base en la Regla Segunda, inciso cuatro de ese ordenamiento, la publicación impresa de la Gaceta del Senado y la que aparece en medios electrónicos, tiene sólo propósitos informativos y no genera consecuencias jurídicas fuera del propio Senado.

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