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No. 9
Año 2008
Miércoles 04 de Junio2° Año de Ejercicio.
Segundo Receso
Comisión Permanente  
    
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1

De la Dip. Yolanda Rodríguez Ramírez, a nombre del Sen. Alejandro Moreno Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la que contiene punto de acuerdo por el que se solicita realizar una investigación exhaustiva por la que se pueda determinar si durante la gestión del C. Francisco Gil Díaz, como titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se tomaron medidas para favorecer a la empresa española Telefónica y a su filial mexicana Telefónica Móviles México, S.A. de C.V.

CONSIDERADO DE URGENTE RESOLUCIÓN, FUE APROBADO EN VOTACIÓN ECONÓMICA.

Dip. Yolanda Rodríguez Ramírez

Sen. Rafael Alejandro Moreno Cárdenas

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS, INSTRUYA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN A EFECTUAR UNA EXHAUSTIVA INVESTIGACIÓN SOBRE LA ACTUACIÓN DEL C. FRANCISCO GIL DÍAZ DURANTE SU GESTIÓN COMO SECRETARIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO, EN RELACIÓN A MEDIDAS FISCALES QUE PUDIERON BENEFICIAR DE MANERA INTERESADA A LA EMPRESA EN LA QUE ACTUALMENTE PRESTA SUS SERVICIOS PROFESIONALES Y CAUSAR DAÑO AL ERARIO PÚBLICO; ASIMISMO, SE SOLICITA A LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA QUE ABRA UNA INVESTIGACIÓN SOBRE LOS MISMOS HECHOS PARA DETERMINAR, EN SU CASO, LAS RESPONSABILIDADES CONDUCENTES.

El que suscribe Sen. ALEJANDRO MORENO CÁRDENAS integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Comisión Permanente, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Comisión de Vigilancia de la H. Cámara de Diputados instruya a la Auditoría Superior de la Federación a realizar una investigación exhaustiva mediante la cual se pueda determinar si durante la gestión del C. Francisco Gil Díaz como titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se tomaron medidas para favorecer a la empresa española Telefónica y a su filial mexicana Telefónica Móviles México, S . A. de C. V., en la que actualmente presta sus servicios, con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Fue muy publicitada la incorporación del licenciado Francisco Gil Díaz, quien fuera Secretario de Hacienda y Crédito Público durante la administración de Vicente Fox, como presidente de la compañía Telefónica Móviles México, filial de la española Telefónica, y más conocida por el público como Movistar. Ese hecho no tendría mayor relevancia, y se circunscribiría a la biografía personal del licenciado Gil Díaz, si se tratara únicamente de un paso más en su larga trayectoria profesional y si no estuviera asociada la elevada responsabilidad que ocupó como Secretario de Estado en una de las dependencias más influyentes y de más alto rango en la administración pública: la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Precisamente, la secretaría que durante su paso acumuló aún más poder que el que formalmente le corresponde.

Por eso es que existen fundadas sospechas de que el actual cargo directivo del exsecretario de Hacienda, no se debe únicamente a sus probadas capacidades profesionales, sino a favores recibidos por la empresa española cuando fue un funcionario todopoderoso. Las decisiones tomadas en materia fiscal durante los últimos meses en los que Francisco Gil Díaz permaneció en el cargo, son sorprendentes, por decir lo menos, y lo son mucho más cuando hoy ocupa el más alto cargo directivo de esa empresa extranjera que resultó beneficiada cuando fue funcionario público. Efectivamente, apenas dos meses antes de concluir la administración foxista Hacienda estableció un régimen fiscal de excepción, con tasa cero en el cobro del IVA en los servicios de larga distancia internacional de esa compañía, sin una justificación suficiente y en claro detrimento del erario mexicano.

Como prueba de lo anterior existe esta carta fechada el 25 de septiembre del 2006 en la cual se notifica a los socios de Movistar que dicha compañía ha sido autorizada a no cobrar ningún impuesto en servicios de rooming, a partir del 10 de octubre de ese año, destacando que son la primera y única compañía de este tipo que no aplicará alguna tasa de impuestos en sus servicios, por lo cual las ganancias de los socios se verán incrementadas. La carta esta en inglés y en este momento la entrego a la Mesa Directiva para que pueda ser consultada por el legisladora o legisladora que lo deseé.

Creemos que constituye un elemento importante para presumir que efectivamente la decisión de Hacienda significó beneficios para esa compañía en particular.

Cierta laxitud en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, permite que se tomen decisiones sesgadas, para favorecer a empresas determinadas. Por eso, nuestro grupo parlamentario presentará una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para impedir ese tipo de conductas en el futuro.

Porque se favoreció deliberadamente a una empresa que, casualmente, hoy contrata al ex funcionario como su más alto directivo en México. Esos son los hechos y sobre ellos demandamos la más amplia explicación, como nos corresponde como representantes populares.

Las explicaciones que el licenciado Gil Díaz presentó cuando este asunto salió a la luz no son suficientes para aclarar lo que pasó. Por el contrario, confirman la necesidad de investigar los términos en que se dieron los hechos descritos. El exsecretario menciona que fue el SAT, organismo autónomo, quien asumió la responsabilidad de no aplicar a esa empresa una tasa impositiva por servicio de roaming internacional y que, además, el SAT decidió iniciar un juicio de lesividad en contra de su propia decisión que, casualmente, benefició a sólo dos compañías que hicieron la solicitud respectiva, Telefónica México y Iusacell. Hoy sabemos, por la carta aquí mostrada, que Telefónica fue la compañía que se ufanó de ser la única empresa beneficiada.

Si bien el SAT es un organismo autónomo, tiene como cabeza de sector a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que es la responsable en última instancia de fijar y vigilar la aplicación de las políticas públicas en la materia. Existen muchas preguntas que seria conveniente fueran respondidas. Por ejemplo: ¿Por qué fueron sólo dos las empresas que realizaron la solicitud ante el SAT? ¿Tenían alguna información que les permitía conocer de antemano el resultado positivo de su solicitud? Si así fue, quien se las dio. ¿Por qué el cambio del SAT, cuando primero determina la no aplicación de una tasa impositiva y luego se desdice, cayendo en una flagrante contradicción? Sobre todo esto es necesario que haya respuestas.

La sociedad mexicana nos exige una actuación decidida como legisladores para hacer algo pronto, y hacerlo bien, para combatir de manera más efectiva la corrupción y el tráfico de influencias de los altos funcionarios que aprovechan sus cargos para favorecer a empresas privadas, de las cuales, a su vez, obtienen favores, como un empleo bien remunerado y capacidad de decisión en la cúspide, aprovechando información privilegiada a la que tuvieron acceso como servidores públicos.

Desafortunadamente, en el caso que nos ocupa, no es la primera vez que se dan muestras de una conducta ética que deja mucho que desear, por parte de quien estuvo en el más alto nivel de decisiones en el sector de financiero, de la política fiscal y de la hacienda pública. Apenas a 33 días de haber abandonado la titularidad de la Secretaría de Hacienda, Don Francisco Gil Díaz dio mucho de que hablar cuando fue nombrado miembro del Consejo de Administración del Hong Kong Shanghai Banking Corporation Holdings (HSBC), gigante financiero con sede en Londres, a cuya subsidiaria en México le tocó supervisar como autoridad responsable del sistema financiero nacional.

Ahora, cuando se sabe que muy probablemente las acciones y medidas que el aludido implementó, u ordenó implementar, cuando fue secretario de Hacienda, y que favorecieron a la empresa telefónica para la que ahora trabaja, es necesario realizar una amplia, puntual y exhaustiva investigación que nos lleve a esclarecer de una vez por todas si la conducta de ese ex funcionario público violó disposiciones legales y, en ese caso, que se proceda conforme a derecho. Es preciso llegar al fondo de este asunto. La ciudadanía así lo exige y el Congreso de la Unión tiene los instrumentos, y las facultades, para llegar a la verdad de los hechos y determinar lo conducente. No es posible que casos como el que nos ocupa, pasen de largo y no hagamos nada para esclarecerlos.

Es por eso que solicita la aprobación de esta asamblea para el siguiente punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución.

PUNTO DE ACUERDO

Primero.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita atentamente a la Comisión de Vigilancia de la H. Cámara de Diputados, que instruya a la Auditoría Superior de la Federación a que efectúe una exhaustiva investigación sobre la actuación del C. Francisco Gil Díaz durante su gestión como Secretario de Hacienda y Crédito Público, en relación a medidas fiscales que pudieron beneficiar a la empresa española Telefónica S.A. y a su filial en México, Telefónica Móviles México S.A. de C.V. y determine si tales medidas causaron un perjuicio al erario público y si en su aplicación se violaron las disposiciones legales aplicables.

Segundo.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, solicita a la Secretará de la Función Pública proceda a abrir una investigación sobre los hechos descritos en el numeral anterior para fincar, en su caso, las responsabilidades que correspondan.

A t e n t a m e n t e,
SEN. ALEJANDRO MORENO CÁRDENAS

Salón de Sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión,
Miércoles siete de mayo de 2008.




Nota: Con fundamento en Las Reglas Provisionales en Relación con la Gaceta del Senado de la Junta de Coordinación Política de fecha 11 de octubre del año 2006, por el que se crea la Gaceta del Senado y con base en la Regla Segunda, inciso cuatro de ese ordenamiento, la publicación impresa de la Gaceta del Senado y la que aparece en medios electrónicos, tiene sólo propósitos informativos y no genera consecuencias jurídicas fuera del propio Senado.

Opina en uenlacetransparencia@senado.gob.mx

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