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| 29 de Julio de 2010 | ||||||
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1 Del Sen. Mario López Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XVI al artículo 64 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.
SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES; Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS DE LA CÁMARA DE SENADORES. INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN XVI AL ARTÍCULO 64 DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, PRESENTADA POR EL SENADOR MARIO LÓPEZ VALDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL. El suscrito, Senador Mario López Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos, los artículos 55 y 62, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Soberanía la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona una fracción XVI al artículo 64 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, al tenor de la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Cuando menos en alguna ocasión, todos hemos escuchado o sido testigos del arbitrario uso que hacen los delincuentes de los teléfonos celulares. Así como estos aparatos se han convertido en una herramienta de comunicación necesaria para la gran mayoría, también se han convertido en una de las principales armas y medios para delinquir, ejemplo de ello son las extorsiones a que día a día son sujetos los mexicanos, más todos los delitos de delincuencia organizada como secuestros, robos y narcotráfico, que generalmente utilizan celulares para su comisión. Si consideramos que en México para este 2007 se pronostica un total de más de 59 millones de líneas celulares, ése es el número de posibles armas a disposición de la delincuencia. Las compañías telefónicas no sólo lesionan la economía de los usuarios con tarifas tan altas, también ponen la tecnología al servicio de la delincuencia como un vehículo de agresión a la sociedad, y sin control alguno por parte del Estado, de los nombres y domicilios de los dueños o usuarios. De conformidad con un informe elaborado por el Consejo para la Ley y los Derechos Humanos, A.C., tan sólo en el área metropolitana cada día se intentaban en promedio 200 extorsiones vía telefónica, y en 37% de los casos el presunto rescate fue pagado, lo cual representó, durante el periodo comprendido entre 2001 y 2007, una ganancia ilícita de alrededor de más de 14 millones de dólares. En el informe se expuso que las entidades más afectadas por este ilícito, además del Distrito Federal, lo fueron el Estado de México, Guerrero, Morelos, Puebla, Oaxaca, Veracruz, Chiapas, Hidalgo, Jalisco y Tlaxcala. En 95% de los casos las extorsiones se realizaron por medio de la telefonía celular y el resto desde teléfonos públicos, y un 80% de dichas llamadas fueron desde los reclusorios. Se estima que existen más de 700 bandas en territorio nacional que se dedican a estas actividades, que van desde la amenaza de un familiar secuestrado, hasta supuestos premios de viajes o dinero en efectivo. Cada organización delictiva realiza diariamente intentos de extorsión "relámpago", que en ocasiones obtienen el dinero en menos de 24 horas. Aunado a lo anterior, debe mencionarse que según el llamado "libro blanco" de la Agencia Federal de Investigaciones (AFI), mientras que en el periodo 2001 - 2004 solamente se denunciaron 315 extorsiones, en el periodo de 2005 - 2006 se denunciaron 5,198 llamadas de este tipo, registrándose un aumento excesivo del 1,650%. Y estas son sólo las llamadas que se denuncian, se estima que solamente 1 de cada 400 llamadas de este tipo son reportadas a las autoridades. En semanas recientes la Procuraduría General de la República dio a conocer el informe "Resultados de alto impacto", que detalla que del 1º de diciembre de 2006 al 31 de marzo de este año se registraron 423 extorsiones telefónicas con amenaza de secuestro. A pesar de que en promedio estas extorsiones han disminuido, según la PGR, lamentablemente no varía el hecho de que se siguen registrando este tipo de actividades, y si alguna razón hay para que este número disminuya, seguramente no es una disminución real, sino la falta de voluntad de las víctimas, en su gran mayoría amas de casa, por denunciar estos delitos y la falta de capacidad de las autoridades para hacerles frente. La problemática relativa a las extorsiones y fraudes telefónicos pasa, necesariamente, por la regulación deficiente que rige la compraventa de líneas telefónicas celulares de prepago y las tarjetas conocidas comúnmente como "chips", lo cual ha permitido la comercialización de miles de aparatos móviles que no están registrados a nombre de un usuario específico, tal como sí ocurre con los teléfonos contratados bajo los sistemas de plan tarifario o los teléfonos llamados fijos, lo cual se traduce en la imposibilidad de allegarse información suficiente para la localizar a aquellos delincuentes dedicados a esta ilícita actividad cuando se comunican con los familiares de sus víctimas, aun cuando las autoridades conozcan el número telefónico no hay medios para saber quien es el titular o usuario de dicha línea celular, mucho menos su domicilio. En tal virtud, y toda vez que a pesar de la supuesta disminución en la comisión de esta clase de ilícitos, sigue siendo necesario abatirlos hasta su erradicación, por lo que se propone que las empresas concesionarias de telefonía celular establezcan mecanismos que permitan obtener información sobre sus usuarios, independientemente del plan o sistema de pago que al efecto contraten, para lo cual será necesario contar con un registro de usuarios finales de todas las líneas telefónicas celulares, tarifarias, de prepago o de las tarjetas conocidas como "chips". Con la adición de una fracción XVI al artículo 64 de la Ley Federal de Telecomunicaciones que se propone, se pretende que existan constancias obligatorias sobre los datos de cada uno de los poseedores de equipos telefónicos que estén a la venta, con la finalidad de permitir su identificación inmediata, y así estar en posibilidad de que, cuando las autoridades competentes lo requieran, se pueda identificar a quien incurra en un ilícito. Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de laComisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de: DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN XVI AL ARTÍCULO 64 DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES. Artículo Único. Se reforma la fracción XV y se adiciona una fracción XVI al artículo 64 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, recorriéndose en su orden la subsecuente, para quedar como sigue: Artículo 64. La Secretaría llevará el Registro de Telecomunicaciones, que incluirá el servicio de radiodifusión, en el que se inscribirán: I. a XIV. ... XV.Las sanciones que imponga la Secretaría y, tratándose de radiodifusión, las que imponga la Secretaría de Gobernación inclusive, que hubieren quedado firmes; XVI. En los casos de telefonía celular, los registros de usuarios que obligatoriamente deban llevar los concesionarios; y XVII. ... TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor a los ciento ochenta días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. La Comisión Federal de Telecomunicaciones deberá expedir en un plazo de seis meses contados a partir de la publicación del presente Decreto, aquellasdisposiciones administrativas para reglamentar el registro de usuarios de telefonía celular. A t e n t a m e n t e SEN. MARIO LÓPEZ VALDEZ Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, 20 de junio del 2007. Olivares Alonso, Emir. "Intentan 200 extorsiones telefónicas diarias en la zona metropolitana" La Jornada. 22 de octubre de 2005. http://www.jornada.unam.mx/2005/10/22/043n1cap.php Otero, Silvia. "Disminuyen extorsiones telefónicas durante 2007." El Universal. 20 de mayo de 2007.
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